El Alto Tribunal mantiene la sentencia condenatoria contra el Ayuntamiento de la capital y asegura que no se guarda el principio de proporcionalidad ni el de jerarquía normativa
F. JAVIER BARROSO Madrid 21 FEB 2012 – 17:34 CET
La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) por la que anulaba la subida de las multas del Ayuntamiento de Madrid que entró en vigor en 2006 y que suponía incrementos de hasta el 300% en algunos casos. Los magistrados del Alto Tribunal entienden que no se respetan los principios de proporcionalidad ni de jerarquía normativa.
La sentencia del Tribunal Supremo, de la que ha sido ponente la magistrada Celsa Pico Lorenzo, mantiene que el recurso planteado por el Ayuntamiento de Madrid no entra en el fondo de la cuestión y no explica qué preceptos legales han sido conculcados por el TSJM. Esto supone que las sanciones interpuestas desde la entrada en vigor del cuadro de multas el 1 de enero de 2006 hasta su reforma a mediados de 2010 (con la nueva Ley de Seguridad Vial) no se ajustan a la legalidad. “Respecto a la jurisprudencia de esta Sala esgrimida no se muestra relación de la misma con la cuestión objeto de debate ante la Sala de instancia ni tampoco de la doctrina constitucional hecha valer. No se encuentra en cuestión el principio de tipicidad sino el de jerarquía y proporcionalidad”, argumenta la Sala Tercera.
Los efectos prácticos para los conductores sancionados serán prácticamente nulos. Las multas que ya hayan sido pagadas se consideran firmes y, por tanto, no cabe lugar a ninguna devolución. Tan solo podrían recurrirse con la sentencia del Tribunal Supremo aquellos expedientes que estén todavía abiertos o que estén pendientes de concluir con embargo al titular o al conductor sancionado. Continue reading »




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